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Notificacion De Compensacion Para Trabajadores De Oklahoma E Instrucciones Para Empleadores Y Empleados Form. This is a Oklahoma form and can be use in Workers Comp.
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Tags: Notificacion De Compensacion Para Trabajadores De Oklahoma E Instrucciones Para Empleadores Y Empleados, 1A, Oklahoma Workers Comp,
Notificación de Compensación para Trabajadores de Oklahoma e Instrucciones para Empleadores y Empleados
Formulario 1A
Por el presente, se notifica a todos los empleados de este empleador con derecho a los beneficios del Código de Compensación para Trabajadores, que el empleador
mencionado ha cumplido con todas las normas del Tribunal de Compensación de los Trabajadores y que ha garantizado el pago de la compensación de todos los empleados y
de las personas a su cargo, de acuerdo con el Código. Además, se notifica a todos los empleados que este empleador prestará servicios de primeros auxilios, de diagnóstico,
médicos, quirúrgicos y cualquier otro servicio similar exigido por ley así como también los pagos de compensación a cualquier empleado que sufra lesiones según lo
establecido en el Código de Compensación para Trabajadores.
Cualquier empleado que haya sufrido una lesión compensable cubierta por el Código de Compensación para Trabajadores tendrá derecho a los servicios de rehabilitación
vocacional, incluidas la reeducación y la colocación laboral si, como resultado de la lesión, el empleado no puede llevar a cabo las mismas obligaciones laborales que
desempeñaba antes de producirse la lesión.
El Tribunal de Compensación de los Trabajadores de
Oklahoma tiene un programa de asesores (defensor del
pueblo) para brindar información a los trabajadores
lesionados, empleadores y a otras partes interesadas.
Firma del Empleador
La mediación está disponible para tratar ciertas
controversias que surjan de la compensación para
trabajadores.
Compañía Aseguradora y Número Telefónico de la Compañía
Para obtener información, llame al 405-522-8760 o llame de
forma gratuita dentro del estado al 800-522-8210.
Responsabilidades del Empleado en Caso de Lesión Laboral
En caso de que el empleado sufra lesiones accidentalmente o que resulte afectado por trauma acumulativo o una enfermedad ocupacional ocasionada por el empleo o durante
el empleo, por muy leve que sea, el empleado debe notificar de inmediato al empleador. Si el empleador es una sociedad de personas, se debe notificar a cualquier socio. Si el
empleador es una sociedad anónima, se debe notificar a algún representante o funcionario de la sociedad sobre quién se emprenderán las acciones legales. Además, se debe
notificar a la persona responsable de la empresa en el lugar de las operaciones comerciales en donde se produjo la lesión. Salvo que se notifique al empleador o se realice el
tratamiento médico dentro de los treinta (30) días de producida la lesión, cualquier reclamo por compensación prescribirá para siempre.
En caso de que el empleado sufra lesiones accidentalmente o que resulte afectado por trauma acumulativo o una enfermedad ocupacional, puede presentar una demanda por
compensación ante el Tribunal de Compensación de los Trabajadores. Los formularios para presentar una demanda por compensación deben ser proporcionados por este
empleador y además estarán disponibles en el Tribunal de Compensación de los Trabajadores. Los formularios se publican en el sitio Web del Tribunal,
www.owcc.state.ok.us/court_forms.htm.
El reclamo por compensación debe presentarse ante el Tribunal dentro del plazo especificado por ley o prescribirá para siempre. Según la ley vigente del 26 de agosto de
2011, un reclamo por compensación en caso de cualquier lesión accidental o muerte se debe presentar ante el Tribunal dentro de los dos (2) años a partir de la fecha en que se
produjo la lesión o muerte; un reclamo por compensación en caso de enfermedad laboral se debe presentar dentro de los dos (2) años desde la última exposición peligrosa o a
partir de la fecha en que se manifestó por primera vez la enfermedad, cualquiera sea la que sucedió por última vez, y un reclamo por compensación en caso de trauma
acumulativo se debe presentar dentro de los dos (2) años a partir de la fecha en que el empleado fue contratado por última vez por el empleador, siempre y cuando, los
reclamos puedan presentarse dentro de los dos (2) años a partir de la fecha del último tratamiento médico autorizado por el empleador o del pago de cualquier retribución o
remuneración pagada en lugar de indemnización.
Cualquier persona que recibe de un empleador o de la compañía aseguradora del empleador beneficios temporarios por incapacidad informará por escrito dentro de los siete
(7) días al empleador o a dicha compañía sobre cualquier cambio en un hecho relevante, en la cantidad de ingresos que está recibiendo el empleado o en el status laboral del
empleado, cambio que se haya producido durante el período de recibo de dichos beneficios.
Responsabilidades del Empleador
El empleador debe prestar a los empleados servicios inmediatos de primeros auxilios, de diagnóstico, médicos, quirúrgicos y cualquier otro servicio similar que sea razonable
y necesario. Esto se aplica al cuidado de todas las lesiones y enfermedades ocasionadas por el empleo y durante el empleo, independientemente de su naturaleza. Si un
empleado sufre una lesión (mortal o distinta) y esto tiene como resultado la pérdida de tiempo fuera del horario de su turno o requiere atención médica lejos del sitio de
trabajo, el empleador DEBE presentar un Formulario 2 ante el Tribunal de Compensación de los Trabajadores dentro de los diez (10) días de la notificación de la lesión. El
empleador debe proporcionar una copia del Formulario 2 a la compañía aseguradora de compensación de los trabajadores del empleador, si hubiere.
No tendrá validez ningún convenio, realizado por cualquier empleado, para pagar una parte de las primas abonadas por el empleador con el fin de mantener o llevar el seguro
de accidentes como lo exige la ley. Cualquier empleador que, para ese fin, descuente dinero de los sueldos o salarios de los empleados con derecho a compensación de los
trabajadores será culpable de delito menor.
Si el empleador ha recibido notificación fehaciente de una lesión innegable y su compañía aseguradora no comienza con los pagos debidos en concepto de beneficio semanal
por incapacidad temporal total dentro del plazo establecido por ley, la compañía aseguradora pagará al empleado una multa del quince por ciento (15%) de los beneficios
semanales impagos o retrasados.
No tendrá validez ningún convenio, realizado por el empleado, para renunciar a los derechos y beneficios de compensación de los trabajadores.
Cualquier persona que cometa fraude de compensación de trabajadores será culpable de delito grave con condena.
Tribunal de Compensación de los Trabajadores
1915 North Stiles Avenue
Oklahoma City, Oklahoma 73105-4918
Teléfono: 405- 522-8600 (OKC) · 918 -581-2714 (TU) · Llamada gratuita dentro del estado, 800-522-8210
Sitio web · www.owcc.state.ok.us
08/11
Esta notificación debe ser publicada y conservada por el empleador en uno o más lugares visibles.
American LegalNet, Inc.
www.FormsWorkFlow.com